Antes de comenzar tu preparación, creemos conveniente presentarte esta información sobre las condiciones que Tráfico exige para la presentación a examen y los requisitos necesarios para aprobar el mismo. Entre los factores que más influencia tienen en la seguridad vial destaca el comportamiento de los conductores, comportamiento que, en gran medida, depende de la formación y los conocimientos adquiridos durante el periodo de aprendizaje que ahora comienzas en nuestra autoescuela. Esta formación y conocimientos que irás adquiriendo, han de ser objeto de evaluación mediante las correspondientes pruebas de control, las cuales son: Evaluación sobre conocimientos (prueba teórica). Las pruebas serán eliminatorias y los aspirantes que no hayan superado la del control de conocimientos, no podrán realizar la del control de aptitudes y comportamientos en circuito cerrado y, los que no hayan superado ésta, no podrán realizar la de control de aptitudes y comportamientos en circulación en vías urbanas al tráfico general. Cada solicitud, presentada por la autoescuela en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente, da derecho al alumno a dos convocatorias para realizar las pruebas. Entre las dos convocatorias a que da derecho una solicitud no deberán mediar más de tres meses, salvo en casos de enfermedad u otros excepcionales debidamente justificados ante la Jefatura Provincial de Tráfico y sin perjuicio de vigencia de las pruebas superadas. En la fecha señalada para la primera convocatoria de la prueba práctica, el alumno deberá haber cumplido los 18 años. Cuando el alumno no supere la prueba de que se trate (tanto teórica como práctica) en dos convocatorias, se establecerá la siguiente demora: Entre la segunda y tercera convocatoria, al menos 14 días naturales. 5 clases prácticas, entre la segunda y tercera convocatoria. La no presentación del aspirante a realizar las pruebas en las fechas fijadas dará lugar a la pérdida de convocatoria de que se trate, salvo casos debidamente justificados. Las pruebas se realizarán en la provincia donde se haya dirigido la solicitud. En la secretaría de nuestra autoescuela se te indicará el lugar exacto donde deberás examinarte, así la mejor forma para desplazarte a dicho centro. Las fechas de realización de las pruebas, son fijadas por Tráfico, teniendo en cuenta sus posibilidades de servicio. El día del examen así como la hora del mismo, les será comunicado al alumno por la autoescuela con antelación suficiente. Como norma general, la prueba teórica se celebrará en fecha distinta a la prueba práctica. La declaración de aptitud en una prueba tendrá un periodo de vigencia de seis meses, contando desde el día siguiente en que el alumno fue declarado apto. Cuando el alumno se presente a realizar la prueba siguiente y no la supere, la vigencia de la prueba superada será prorrogada por periodos sucesivos de tres meses siempre que, habiendo continuado el aprendizaje y presentándose a la realización de la prueba siguiente en cada uno de dichos periodos de tres meses, no la haya superado. Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán identificarse ante los funcionarios, para lo que éstos en cualquier momento, podrán exigir la presentación del original del D.N.I., pasaporte o tarjeta de residencia, todos ellos en vigor y no deteriorados. Se procederá a la interrupción y suspensión inmediata de las pruebas, y la declaración de no apto en la convocatoria que se trate, de los aspirantes que: Perturben el orden en cualquiera de ellas o cometan o intenten cometer fraude en su realización, cualquiera que sea su forma o procedimiento. Pongan de manifiesto su impericia, carencia del dominio del vehículo o sus mandos o cometan errores o faltas que, individualmente consideradas o por acumulación con otras, impliquen dicha calificación. Serán interrumpidas, y en su caso, no iniciadas las pruebas, sin que ello implique pérdida de convocatoria para el espirante, cuando: El aspirante no presente la documentación requerida para ser identificado. El aspirante carezca o no lleve las correcciones, prótesis o adaptaciones, o las que lleven sean inadecuadas. Existen indicios racionales de que, por las circunstancias que concurran, las pruebas no puedan desarrollarse con la normalidad o seguridad debidas. |